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Prohibiciones y regulaciones del Plan Pólvora

por | 19/11/2011, 4:31 pm | Nacionales

Tomado de www.cartabodan.com .- Del 15 de noviembre a enero de 2012, la Policía Nacional «prohíbe el traslado o transportación de productos pirotécnicos en cantidades comerciales en vehículos de transporte colectivo, motocicletas, vehículos con exposición al ambiente y en el interior de cabinas de vehículos privados o públicos».

«Durante los días 07, 08, 24, 25 y 31 de diciembre del 2011 y los días 01 y 06 de enero del año 2012, el horario autorizado para el traslado o transportación de productos pirotécnicos, en cantidades comerciales, será entre las 06:00 de la mañana a las 04:00 de la tarde, debiendo contar para ello con el permiso o autorización respectiva», reiteró el comunicado.

También prohibió la venta de «productos pirotécnicos en mercados, misceláneas, pulperías de forma ambulante y otros centros comerciales, exceptuando los sitios autorizados».

Las personas interesadas en «comprar o adquirir productos pirotécnicos para uso privado, no requieren de autorización policial cuando se trate de una cantidad que no exceda las 100 libras, debiendo tomar las medidas de seguridad para su transportación. Los puestos de ventas deben asegurar no «vender productos a menores de edad o personas en estado de ebriedad».

Deben evitar «tener oculta la acreditación y estadía de personas no acreditadas, menores de edad en los tramos; realizar instalaciones eléctricas a lo interno de los tramos». Tampoco pueden almacenar en tramos «cantidades de producto que exceda la capacidad del mismo, así como el traslado de producto a casas u otros lugar no autorizado».

La Policía prohibió «mantener en delantales, bolsillos, bolsos, mochilas, carteras, encendedores o cajetillas de fósforos en los mismos y, sobre todo, no fumar e ingerir bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas en los tramos».

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