Las autoridades reguladoras del sector laboral en Nicaragua emitieron una comunicación pública en la que decretaron el día lunes 02 de mayo como “descanso obligatorio”.
La norma corresponde a la reposición del día domingo 01 de mayo, fecha en la que se conmemora a los trabajadores en el mundo.
Por ello este día es feriado nacional obligatorio con derecho a descanso y salario”, declaró José Leonel Argüello, secretario general del Ministerio del Trabajo, Mitrab.
Debido a la coincidencia entre el feriado nacional y el “séptimo día”, las leyes del país establecen que se debe otorgar el descanso un día después tal es el caso, o bien el trabajador recibirá una remuneración “como día extraordinario de trabajo”.
Por tanto se decreta descanso obligatorio para todas y todos los trabajadores a nivel nacional el día lunes 02 de mayo del corriente año” confirmó Argüello.
En tanto, se dejó claro que el decreto exceptúa a los trabajos “que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la índole de las necesidades que satisfacen”.